lunes, 3 de octubre de 2011

AUTÓNOMOS: VENCIMIENTOS CON EL NUEVO INCREMENTO

A partir de hoy, lunes 3 de octubre y hasta el viernes 7 vence el pago de Aportes y Contribuciones de la Seguridad Social para Trabajadores Autónomos, correspondientes al período Septiembre de 2011 operan en las fechas que, para cada terminación de CUIT, se detallan seguidamente:
Terminación de CUIT
Fecha de Vencimiento
0-1
03/10/2011
2-3
04/10/2011
4-5
05/10/2011
6-7
06/10/2011
8-9
07/10/2011
Mediante un informe de la Lic. Marcela Medrano, se les recuerda a los contribuyentes que como consecuencia de de las modificaciones introducidas por la Resolución 448/11, que aprobó los coeficientes de actualización de la movilidad previsional, en dieciséis con ochenta y dos centésimos por ciento (16,82%), se modifican los valores de las rentas de referencia del artículo 8º de la ley 24.241, estableciendo la Resolución General 3189 (BO 28/09/2011) los siguientes valores para las diferentes categorías de trabajadores autónomos siendo los mismos:
Categorías
Rentas de Referencia en pesos
I
$ 831,47
II
$ 1164,05
III
$ 1662,94
IV
$ 2660,71
V
$ 3658,47
Categorías Mínimas de Revista
a) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos
Categorías
Rentas de Referencia
I
$ 266,06
II
$ 372,49
III
$ 532,14
IV
$ 851,42
V
$ 1170,70
b) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos que realicen actividades penosas o riesgosas a las que les corresponde un régimen provisional diferencial:
Categorías
Rentas de Referencia
I’ (I prima)
$ 291,00
II’ (II prima)
$ 407,42
III’ (III prima)
$ 582,03
IV’ (prima)
$ 931,24
V’ (prima)
$ 1280,45
c) Afiliaciones voluntarias
Categorías
Rentas de Referencia
I
$ 266,06
d) Menores de 21 años
Categorías
Rentas de Referencia
I
$ 266,06
e) Beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la Ley Nº 24.241 que ingresen, reingresen o continúen en la actividad autónoma.
Valores Categorías Autónomos Abiertos
Categorias
Renta Imp 0910
Valor Autonomo
Valor Contrib 358
Valor Contrib 358
Valor Aporte 308
Total Valor Autonomo
I
831,47
266,07
133,04
41,57
91,45
266,06
I’
831,47
291,01
133,04
41,57
116,40
291,00
II
1164,05
372,50
186,25
58,20
128,04
372,49
II’
1164,05
407,42
186,25
58,20
162,97
407,42
III
1662,94
532,14
266,07
83,15
182,92
532,14
III’
1662,94
582,03
266,07
83,15
232,81
582,03
IV
2660,71
851,43
425,71
133,04
292,67
851,42
IV’
2660,71
931,25
425,71
133,04
372,49
931,24
V
3658,47
1170,71
585,36
182,92
402,42
1170,70
V’
3658,47
1280,46
585,36
182,92
512,18
1280,45

Posición
Intereses
Impuesto
308/358
308/358
Concepto
019
019
Subconcepto
086
051
REIMPRESION DE CREDENCIAL
Si el contribuyente desea reimprimir la credencial (F 1101) es posible realizarlo ingresando a la pagina de Afip, mediante CUIT y clave fiscal, dentro de la Relación Sistema Registral, Opción Trámites e ingresamos a Consultas Tramites Presentados, hacemos clik en la lupita de la izquierda de Empadronamiento Autónomos y podemos abrir el ticket F1101, con el valor de la categoría actualizado, también lo puede reimprimir.
A su vez modifica el artículo 19 y articulo 20 inc a) de la Resolución General Nº 2217, de la siguiente forma:
La solicitud de imputación del crédito proveniente de los aportes personales ingresados durante un ejercicio anual a la cancelación de los que se devenguen en el ejercicio inmediato siguiente, así como su determinación en meses cancelados o fracción de los mismos, cuando se hayan obtenido ingresos brutos anuales inferiores al equivalente a “Cinco mil novecientos ochenta y seis pesos con con cincuenta y seis pesos con cincuenta y un centavos ($5.986,51)”
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Se establece la nueva base de cálculo de los aportes y contribuciones al Sistema Integrado Previsional Argentino, en concordancia con el artículo. 9 de la ley 24.241.
¿Cómo Pagar?
Se recuerda que el pago mensual puede realizarse a través de las siguientes modalidades:
Transferencia electrónica de Fondos, utilizando el Volante Electrónico de Pagos (VEP), con Clave Fiscal. A través de Débito automático en tarjeta de crédito. Por débito directo en cuenta bancaria. Por cajero Autómático. Personalmente ante cualquier entidad habilitada por el Organismo. El pago se efectuará exhibiendo la credencial para el pago (F. 1101) o verbalmente indicando al cajero el “Código de Registro Autónomo” y el período de pago.

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