Los
principales puntos del nuevo Régimen de
Trabajo Agrario, que dispone la derogación de la ley 22248, sus modificatorias y
el decreto reglamentario 563/1981 son:
-
Remuneraciones mínimas determinadas por el Consejo Nacional de Trabajo Agrario y
que no podrán ser menores al salario mínimo vital y móvil, y establecimiento de
períodos y lugares de pago.
-
Se prevé la prohibición del pago en moneda distinta a la de curso legal; se
eleva el porcentaje de antigüedad a 1,5% cuando el trabajador tenga más de 10
años de servicios; la prohibición de deducción del salario del valor de
mercaderías provistas por el establecimiento; y que la jornada de trabajo no
podrá exceder de 8 horas diarias y 44 horas semanales, desde el lunes hasta el
sábado a las 13:00 horas.
-
Se estipula el reconocimiento de horas extras; el descanso semanal; las
condiciones adecuadas de higiene y seguridad; la provisión de ropa de trabajo
por parte del empleador y el otorgamiento de licencias de la ley de contrato de
trabajo y licencias especiales.
-
Se establece la prohibición del trabajo de menores de 16 años bajo cualquier
modalidad; la regulación del trabajo adolescente; y las condiciones de vivienda
digna.
-
Se elimina el Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores (RENATRE)
-un ente de derecho público no estatal-, y se crea en su lugar un Registro
Nacional de Trabajadores y Empleadores Agrarios (RENATEA), dependiente del
Ministerio de Trabajo.
Fuente: www,viabusiness.com.ar
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